Los estudiantes que ingresen a partir de 2020 deberán, de acuerdo con las normas del Programa que se detallan a continuación, presentar el Reporte de Actividad Académica anualmente.
Fecha límite de entrega en 2024: 02/12/2024 (aprobado en la 100ª sesión del GPC).
IX - EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO ACADÉMICO Y CIENTÍFICO DEL ESTUDIANTE
IX.1 Los estudiantes serán evaluados anualmente a través de un informe de actividades, el cual deberá ser presentado por el estudiante de acuerdo con el cronograma establecido por el CCP, publicado por la secretaría y publicado en la página web del Programa.
IX.2 El informe deberá contener un resumen del proyecto de investigación del estudiante, descripción de las actividades realizadas y del cumplimiento de las metas planificadas, planificación o replanificación de las actividades futuras. También debe estar acompañado de la evaluación del desempeño académico y científico del estudiante, por parte del orientador.
IX.3 El estudiante cuyo informe sea rechazado deberá presentar nuevo informe en un plazo máximo de treinta días, contados a partir de la fecha de publicación del resultado de la evaluación, por parte de la secretaría del Programa.
IX.4 Además de las normas establecidas en el Reglamento de Posgrado de la USP, el estudiante podrá ser dado de baja del Programa de Posgrado si ocurre alguna de las siguientes situaciones:
a) rechazo del informe anual de actividad dos veces consecutivas;
b) el informe anual no se presenta dentro del plazo establecido en el calendario anual, publicado por la Secretaría de posgrado y en la página web del Programa.
Formulario aprobado en la 50ª reunión del GPC, el 18/02/2020.